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Configurar documentos de compra para visualizar y centralizar el impuesto al combustible


Esta configuración permite incorporar el impuesto adicional dentro de los totales de un documento de compra y establecer cómo será tratado al momento de realizar la centralización contable.

Al configurar el campo Total impuesto adicional, el sistema permite:

  • Visualizar el impuesto adicional dentro del documento.
  • Asignar una cuenta contable específica para su registro.
  • Definir la orientación contable en la que se centralizará el valor.
  • Personalizar la cuenta utilizada de acuerdo con el plan de cuentas del cliente.

De esta manera, el impuesto puede quedar correctamente identificado y separado dentro de la contabilización del documento.

 Antes de comenzar

  • Debes contar con permisos para acceder a Configuración > Compra y venta > Definición de documentos.
  • Debes identificar la definición de documento de compra que deseas modificar.
  • La definición debe corresponder al documento que utiliza el cliente para registrar las compras con impuesto adicional.
  • Debes conocer la cuenta contable que corresponde utilizar para este concepto.
  • Debes validar la orientación contable que corresponde según el tratamiento definido para la empresa.

Importante: La cuenta contable utilizada en este procedimiento es referencial. El sistema permite seleccionar una cuenta de acuerdo con el plan de cuentas configurado para cada cliente, por lo que no debe asumirse que una misma cuenta u orientación corresponde a todas las empresas.

 

 1. Ingresar a la definición de documentos

Ingresa a: Configuración > Compra y venta > Definición de documentos

En el buscador, escribe Factura afecta.

Ubica la definición correspondiente al Libro de Compras.

En la columna Opciones, selecciona los tres puntos y luego haz clic en Editar.

 2. Agregar el campo de impuesto adicional

Dentro de la definición del documento, desplázate hasta la sección:

Totales documento

En el campo Documento, despliega la lista de opciones.

Busca y selecciona:

Total impuesto adicional

Este campo permitirá incorporar el valor del impuesto adicional dentro de los totales de la definición del documento.

 3. Configurar el nombre y la cuenta contable

En el campo Nombre, ingresa una descripción que permita identificar claramente el concepto.

Por ejemplo:

Impuesto diésel

Luego, en Plan de cuenta, selecciona la cuenta contable que corresponda según la configuración del cliente.

En el ejemplo mostrado en el video se utiliza:

Otros impuestos recuperables

Consideración: La cuenta seleccionada no es necesariamente la misma para todos los clientes. Debe utilizarse la cuenta que corresponda al tratamiento contable definido para la empresa.

 4. Definir la orientación contable

En Orientación, selecciona el lado en que debe registrarse el valor durante la centralización.

En el ejemplo mostrado se utiliza:

Debe

La orientación dependerá de la cuenta y del tratamiento contable definido.

Por ejemplo, si se utiliza una cuenta correspondiente a Otros impuestos recuperables, el procedimiento mostrado considera la orientación Debe.

Si se utiliza una cuenta correspondiente a Otros impuestos no recuperables, la orientación puede corresponder al Haber, según el criterio contable aplicable.

Importante: La orientación no debe definirse únicamente por el nombre de la cuenta. Debe validarse de acuerdo con la naturaleza de la cuenta y el tratamiento contable establecido para la empresa.

 5. Guardar y ordenar el campo

Selecciona Guardar.

El nuevo campo se incorporará al final de la lista de totales del documento.

Si necesitas modificar su posición, utiliza las flechas disponibles para subir o bajar el campo dentro del listado.

Una vez finalizada la configuración, selecciona Aceptar para guardar los cambios realizados en la definición del documento.

 

 Resultado esperado

Una vez finalizada correctamente la configuración:

  • La definición del documento de compra contiene el campo Total impuesto adicional.
  • El impuesto adicional puede visualizarse dentro de los totales del documento.
  • El concepto cuenta con un nombre identificable, por ejemplo Impuesto diésel.
  • El impuesto queda asociado a la cuenta contable definida para el cliente.
  • Se establece la orientación contable correspondiente.
  • El valor puede ser considerado en la centralización contable de acuerdo con la configuración realizada.

 Recomendaciones

  • Valida la cuenta contable antes de realizar la configuración. La cuenta debe corresponder al tratamiento contable definido para el impuesto y para la empresa.
  • No utilices una cuenta de referencia como configuración universal. “Otros impuestos recuperables” es solo el ejemplo utilizado en el video.
  • Revisa la orientación contable. Esta debe ser coherente con la naturaleza de la cuenta y con el criterio de contabilización definido.
  • Utiliza un nombre descriptivo para el campo. Por ejemplo, “Impuesto diésel” permite identificar fácilmente el concepto dentro de la definición del documento.
  • Verifica la definición de documento que estás modificando. Una modificación realizada sobre una definición incorrecta puede afectar la forma en que se registran y centralizan otros documentos de compra.
  • Ordena los campos según la necesidad del usuario. La posición del campo dentro de los totales puede facilitar su identificación y revisión al utilizar el documento.
  • Realiza una prueba de centralización después de modificar la configuración. Esto permite comprobar que el impuesto se esté registrando en la cuenta y orientación esperadas.
  • Evita modificar una definición que ya se encuentre en uso sin revisar previamente su impacto. La configuración de una definición puede afectar los documentos que utilizan dicha definición posteriormente.

 Consideraciones

La cuenta contable depende del cliente

La cuenta seleccionada para el impuesto adicional puede variar según el plan de cuentas y el tratamiento contable definido para cada empresa.

Por este motivo, la cuenta utilizada en el ejemplo no debe presentarse como una configuración obligatoria.

La orientación depende del tratamiento contable

La orientación determina el lado en que se registrará el valor durante la centralización.

En el ejemplo del video:

  • Otros impuestos recuperables → Debe.
  • Otros impuestos no recuperables → Haber, según el criterio indicado en el procedimiento.

La configuración definitiva debe ser validada contablemente antes de aplicarse.

La configuración se realiza sobre la definición del documento

El procedimiento modifica una definición de documento existente. Por lo tanto, antes de guardar los cambios es importante verificar que se esté editando el documento de compra correcto.

La configuración permite personalizar el plan de cuentas

La cuenta contable no está restringida a una única alternativa. El sistema permite seleccionar la cuenta que corresponda dentro del plan de cuentas configurado para la empresa.

 

 Video explicativo

En el siguiente video se muestra cómo configurar un documento de compra para visualizar y centralizar el impuesto adicional asociado al combustible:

 

 Preguntas frecuentes

¿Qué campo debo agregar para visualizar el impuesto al combustible?

Debes agregar el campo Total impuesto adicional dentro de la sección Totales documento de la definición correspondiente.

¿Qué cuenta contable debo seleccionar?

La cuenta depende del plan de cuentas y del tratamiento contable definido para el cliente. En el video se utiliza Otros impuestos recuperables como ejemplo.

¿La cuenta debe ser siempre “Otros impuestos recuperables”?

No. La cuenta debe seleccionarse de acuerdo con el criterio contable aplicable a la empresa. Uwigo permite seleccionar la cuenta correspondiente desde el plan de cuentas.

¿Qué orientación debo utilizar?

La orientación depende del tratamiento contable de la cuenta utilizada. En el ejemplo del video, Otros impuestos recuperables se configura en Debe.

¿Puedo utilizar una cuenta de impuestos no recuperables?

Sí, si corresponde al tratamiento contable de la operación. En ese caso, se debe validar también la orientación que corresponde utilizar.

¿Esta configuración afecta la centralización?

Sí. La configuración de la cuenta y orientación determina cómo se tratará el valor del impuesto adicional al momento de realizar la centralización del documento.

¿Debo probar la centralización después de realizar la configuración?

Sí. Es recomendable realizar una prueba para verificar que el impuesto se registre en la cuenta y orientación esperadas antes de utilizar la configuración de manera habitual.

 

 Glosario

Impuesto adicional: Concepto tributario que puede incorporarse como un componente adicional al valor de determinados documentos de compra y que puede requerir un tratamiento contable específico.

Total impuesto adicional: Campo disponible en la definición del documento que permite incorporar y visualizar el total correspondiente al impuesto adicional.

Definición de documento: Configuración que determina los campos, características y tratamiento contable de un determinado tipo de documento.

Centralización: Proceso mediante el cual la información de los documentos registrados se transforma en los correspondientes movimientos contables de acuerdo con la configuración establecida.

Orientación contable: Define el lado contable, Debe o Haber, en el que se registra un concepto durante la centralización.

Plan de cuentas: Estructura de cuentas contables disponible para la empresa y utilizada para clasificar y registrar sus operaciones.

 

 Normativa y fuentes oficiales

El impuesto específico al petróleo diésel se encuentra establecido en la Ley N.º 18.502, cuyo artículo 6 establece el impuesto específico a las gasolinas automotrices y al petróleo diésel. El artículo 7 contempla, bajo determinadas condiciones, la recuperación del impuesto específico soportado en la adquisición de petróleo diésel como crédito fiscal del IVA.

Asimismo, el Decreto Supremo N.º 311, de 1986, del Ministerio de Hacienda, reglamenta el sistema de imputación y devolución del impuesto específico al petróleo diésel establecido en la Ley N.º 18.502. El SII recoge expresamente este marco normativo en sus instrucciones sobre recuperación del impuesto.

Por su parte, la Resolución Exenta SII N.º 51, de 18 de abril de 2011, imparte instrucciones sobre la emisión de facturas de los contribuyentes afectos a los impuestos específicos a los combustibles establecidos en la Ley N.º 18.502. Esta resolución establece instrucciones respecto de la forma en que estos impuestos deben identificarse en las facturas emitidas por los contribuyentes correspondientes.

Actualmente, el SII identifica el Impuesto específico diésel con el código 28 en las especificaciones de documentos tributarios electrónicos, señalando que corresponde al impuesto específico traspasado al comprador por la compra de diésel, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley N.º 18.502 y los artículos 1 y 3 del D.S. N.º 311/86.

Fuentes oficiales